miércoles, 23 de marzo de 2016

Convivir



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La fotografía no destaca por su calidad, lo que resulta de gran ayuda a la hora de garantizar el necesario anonimato de la protagonista, pero sí por su simbolismo... 

A pocas horas de los trágicos atentados en el aeropuerto y el metro de Bruxelas, de una nueva manifestación de la incontinencia de esta barbarie, es de agradecer el mensaje de integración y de tolerancia que nos brinda esta imágen...


DECLARACION UNIVERSAL 
DE LOS DERECHOS HUMANOS

Artículo 1.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2.
Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

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